Organizar una herencia puede parecer complejo, pero con el asesoramiento adecuado es posible simplificar los trámites, reducir la carga fiscal y garantizar la seguridad económica de tu familia. En esta guía te explicamos de forma clara cómo funciona el Impuesto de Sucesiones en España, tanto si resides aquí como si heredas bienes en el país.
En España, están sujetos al Impuesto de Sucesiones:
Desde 2015, las normas fiscales se aplican de forma igualitaria a residentes y no residentes, eliminándose las diferencias que existían anteriormente.
La legislación española reserva una parte de la herencia a determinados herederos forzosos (normalmente, cónyuge e hijos). Sin embargo, los ciudadanos de la Unión Europea pueden elegir que se aplique la legislación sucesoria de su país de nacionalidad, siempre que así lo indiquen de forma expresa en un testamento redactado en España. Esta opción permite, en muchos casos, mayor flexibilidad a la hora de planificar la herencia.
El impuesto debe liquidarse en un plazo máximo de 6 meses desde el fallecimiento. Es posible solicitar una prórroga de hasta 6 meses adicionales, siempre que se solicite dentro de los primeros 5 meses. El incumplimiento de los plazos puede generar:
Es un impuesto progresivo, con tipos que van desde el 7,65% hasta el 34% según el valor de la herencia. No obstante, existen importantes reducciones y bonificaciones en función del parentesco y de la comunidad autónoma donde se tribute.
Las deducciones varían considerablemente en función de cada autonomía. Algunos ejemplos son:
Estas bonificaciones se actualizan con frecuencia, por lo que es recomendable analizar cada caso de forma personalizada.
Aunque eliminar completamente el impuesto no suele ser posible, existen fórmulas legales que permiten minimizarlo:
Ejemplo 1: Laura, ciudadana española residente en Madrid, hereda 250.000 € de su cónyuge. Gracias a las reducciones autonómicas, paga menos de 3.000 € de impuesto.
Ejemplo 2: Javier, residente fuera de España, hereda un inmueble en Valencia valorado en 250.000 € de un amigo. Al no existir parentesco, su factura fiscal puede superar los 75.000 €.
Sí. Los residentes tributan por el patrimonio global; los no residentes solo por los bienes situados en España.
No suele ser posible eliminarlo por completo, pero una buena planificación permite reducir significativamente el importe a pagar.
Muy recomendable. Especialmente para ciudadanos de la UE, ya que permite aplicar la ley nacional de sucesiones y optimizar la distribución de los bienes.
Se aplican intereses de demora, sanciones económicas y dificultades para registrar o disponer de los bienes heredados.
Una buena planificación sucesoria evita complicaciones legales y fiscales, protege a su familia y garantiza tranquilidad en el futuro. Nuestro equipo legal y fiscal, con amplia experiencia en derecho sucesorio español e internacional, le acompaña en todo el proceso de forma segura y personalizada. Contacte con nosotros para recibir asesoramiento adaptado a su caso.